La Ley de Protección a la Infancia debe prevenir la violencia contra los niños y niñas con discapacidad intelectual

La norma debería potenciar la prevención porque este colectivo sufre una violencia específica socialmente invisibilizada

Hay estudios que demuestran una prevalencia mayor de casos de violencia dirigida contra niños y niñas con discapacidad intelectual o del desarrollo

En el día en que está previsto que el Consejo de Ministros apruebe la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, Plena inclusión España recuerda al Gobierno la importancia que adquiere tener en cuenta a los niños y niñas con discapacidad intelectual o del desarrollo por ser un colectivo especialmente vulnerable.

La confederación que agrupa a 935 entidades que trabajan para defender los derechos de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo (síndrome de Down, autismo, parálisis cerebral y otros) defiende la necesidad de que la norma aprobada incluya medidas de prevención contra una violencia específica que se centra en mayor medida en la infancia y adolescencia con discapacidad.

Inés de Araoz, responsable del departamento Jurídico de Plena inclusión España, apunta: “Necesitamos que la ley recoja nuestras demandas, aunque sea en la tramitación parlamentaria que ahora se inicia, porque en la actualidad las cifras de desprotección que manejamos dibujan un escenario muy preocupante para la infancia con discapacidad intelectual o del desarrollo y sus familias”.

PREVENCIÓN Y CONCIENCIA SOCIAL

Plena inclusión España insiste en que la nueva Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia debe tener en cuenta la realidad. “Existen estudios que alertan sobre la prevalencia de la violencia sobre niños y niñas con discapacidad, al tiempo que resalta la invisibilidad social de un fenómeno terrible”, subraya De Araoz.

Desde Plena inclusión se sugiere que la ley garantice mecanismos para combatir situaciones de discriminación marcada por prejuicios o estereotipos, así como que se garantice la participación de los menores en el proceso judicial, asegurando los ajustes necesarios para que dichas declaraciones se den en contextos de la máxima accesibilidad.

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